Descubre que es el programa "KIT DIGITAL"

Es un programa de ayudas que pone a disposición el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital cuyo objetivo es financiar los costes de transformación digital de las pequeñas y medianas empresas en todo el territorio nacional.

El programa de ayudas Kit Digital es un programa de ayudas financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU, cuyo objetivo es conseguir la digitalización de Pymes y autónomos. 
Este programa está dotado de 3.067 millones de euros y está enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
Gracias a estas ayudas tu empresa podrá ser más competitiva y avanzar en su transformación digital.

Red.es pone en marcha la gira del Kit Digital 

por las diferentes Comunidades Autónomas

¿A quién va dirigido?

Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.

¿Cómo solicito el bono digital?

El primer paso que las Pymes y autónomos tienen que realizar para acceder al programa es registrarse en la página web de Acelera Pyme y hacer un test de diagnóstico digital donde se evaluará la madurez digital de la empresa. Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de digitalización. Si lo prefieres, desde SFDANUBIO podemos ayudarte

Descárgate la Guía Kit Digital

Descárgate nuestra guía gratuita sobre Kit Digital en la que te contamos toda la información necesaria sobre el Programa Kit Digital, los requisitos a cumplir, solicitud del bono, cuantías a percibir, ser agente digitalizador y bases del programa.

Como solicitar el bono Kit Digital

Para solicitar tu ayuda puedes seguir los siguientes pasos o, si lo prefieres, podemos echarte una mano.

Kit Digital para pymes y autóno- mos de entre 10 y 49 empleados

Los importes máximos de la ayuda del Kit Digital dependiendo de la Categoría de Soluciones de Digitalización, así como de la duración de la prestación del servicio serán los siguientes:

El importe de la ayuda aplicable a cada solución de digitalización será el menor de los siguientes:

Ayuda máxima de la Categoría de Solución de Digitalización a la que corresponde la solución de digitalización.

Coste de la solución de digitalización contratada.

El importe de la subvención concedida no asociado a Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizados.

Serán subvencionables los gastos que tenga el beneficiario para adoptar las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización, siempre en el límite de las cuantías máximas.

¿Cómo se concede el Bono Digital?

El Bono del Kit Digital se concede de forma directa y siguiendo el criterio de orden de presentación de solicitudes.

Las resoluciones se notificarán a través de la Sede Electrónica de Red.es y también se informará de manera individual a los beneficiarios.

¿Cuándo pueden las pymes y autónomos cobrar el Bono Digital?

El Bono Digital se cobrará una vez que se justifique la solución digitalizadora implantada.

Para ello, la pyme o el autónomo beneficiario tendrá que contratar una de las soluciones digitales que puede encontrar en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Una vez que decide qué solución desea contratar, deberá formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización disponible en la Sede Electrónica de Red.es.

¿Cuándo pueden las pymes y autónomos cobrar el Bono Digital?

El plazo máximo para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización será de 6 meses, desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.

En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización correspondientes a sustituciones de soluciones ya adoptadas por el beneficiario, se detallarán las mejoras funcionales de la solución con respecto a la adoptada previamente por el beneficiario.

Después, el agente digitalizador tendrá que justificar, en nombre del beneficiario, aportando justificantes de gasto que especifiquen en qué se ha empleado el Bono Digital.

Esta justificación se realizará a través de un formulario electrónico que estará disponible en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).

El plazo máximo de presentación de la justificación será de 3 meses desde que finaliza la prestación de los servicios.

 

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